Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesta por el Abg. ROLDAN DI TORO MENDEZ, en su condición de Fiscal del Ministerio Público, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 03 de julio de 2006, por el Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal, el cual declaró absuelto al acusado CARLOS DEL VALLE VILLAROEL POLANCO en la causa Nro IP01-P-2004-000065, que se le sigue por el delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; en consecuencia se declara la nulidad de la sentencia apelada y se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público con un juez distinto al que lo celebró, según lo disponle el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se impone al acusado la medida de arresto domic.....