En suma por cuanto antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abg. CRUZ GRATEROL en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano WILMER OTILIO GÓMEZ, contra sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal publicada en fecha 02 de noviembre de 2004 que lo declaró culpable al ciudadano antes mencionado por la comisión del delito de Porte Ilícito de Armas de Fuego, se revoca la sentencia apelada y SE ABSUELVE al acusado de dicho delito, cesando las medidas cautelares que les fueron impuestas.
Regístrese, déjese copia, notifíquese al Ministerio Público y a la víctima y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial .....