Esta Corte de Apelaciones Accidental del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara Con Lugar la inhibición planteada por el ABG. JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA, en su carácter de Juez Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en el asunto signado con IP01-P-2010-001780, seguido en contra de los ciudadanos MAIKEL ANTONIO ANGULO, FLANKLIN FERRER SEMECO, ALAIS JESUS MEDINA RUIZ, ALBERTO JESUS DIAZ CHIRINOS, ROLANNY TERESA PEROZO RUIZ y MAIBENNYS MERCEDES MADRIZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORES, de conformidad con lo establecido en el ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal.