En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano RUBEN DARÍO CORDERO, portador de la cédula de identidad personal número V. ¿ 13.723.111, de 26 años de edad, venezolano, Soltero, pescador, nacido 25-13-79 en Coro el, Segundo Año como grado de instrucción, domiciliado en calle Churuguara Isla con libertad, casa N° 4 de color verde Coro Estado Falcón, por encontrase llenos los supuestos de los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en perjuicio del ciudadano ELIMENAS SEGUNDO FERNANDEZ GARCIA. Se decreta el Procedimiento Ordinario. Todo de Conformidad con los Artículos 251.....