Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Coro, ACUERDA conceder PROTECCIÓN inmediata a los ciudadanos: Elvia Delgado Gutiérrez Y Neidago Briñez Aranda, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 5.287.435 y 12.135.794 respectivamente, domiciliados en la Calle El Sol, N° 21, Barrio La Florida, la primera mencionada y el segundo en la Calle Nueva, Barrio La Florida N° 45, Coro, Estado Falcón así como a sus familiares que se encuentren domiciliados en la misma residencia, comisionando en tal sentido a los funcionarios de las Fuerzas Armadas Policiales que designe el ciudadano Comandante de esa Institución policial. Todo en sana y cabal aplicación de los dispositivos legales insertos en los Artículos 23 del Código Orgánico Procesal Penal y 30, parte infine, de nuestra Constitucional Nacional. Librese el correspondiente.....