En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a sus atribuciones y competencias previstas en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, del ciudadanoRAFAEL VICENTE ACOSTA HENRIQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.006.933, residenciado en calle Simón Bolivar, casa sín número, cerca de la "panadería Socialista" , Filipina II, Dabajuro, Municipio Buchivacoa, estado Falcón; a quien el Tribunal Tercero de control de este circuito judicial penal le condenó a cumplir la pena de tres años y seis meses de prisión por la comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y ps.....