En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA REDIMIDA LA PENA POR EL TRABAJO Y ESTUDIO al PENADO EDMUNDO DAVID GARCÍA SALAS, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad N° 13.027.889, nacido el 05-03-1974, soltero, natural de Punti Fijo, residenciado en el sector El Cristo del Municipio San Francisco del Estado Falcóny actualmente recluido en el Internado Judicial Penal de esta ciudad; todo de conformidad con lo establecido el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 3, 13 y 14 de la Ley de Redencion Judicial de la Pena por Trabajo y Estudio y el artículo 2 del Código Penal Venezolano, en DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES Y CUATRO (04) DIAS. A tal efecto se ordena efectuar nuevo Cómputo de c.....