este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: La redención de pena por el trabajo y el estudio por el tiempo de NUEVE (09) MESES y NUEVE (09) DÍAS MESES al ciudadano GUILLERMO JOSÉ MEDINA CORNIEL, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.724.096. actualmente recluido en la comunidad penitenciaria de esta ciudad sentenciado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HURTO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 452 del Código Penal, en perjuicio del LICEO 5 DE JULIO, HURTO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 452 numerales 7 y 8 del Código Penal en concord.....