En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, decreta: PRIMERO: OTORGA EL BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO al penado JORGE ENRIQUE PRIMERA MARTINEZ, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V-21.669.353, quien fue condenada a cumplir la pena de de SEIS AÑOS (6) DE PRESIDIO, más las accesorias de ley Previstas en el artículo 16 del Código Penal Vigente. Por un lapso de TRES (03) MESES DIEZ (10) DIAS Y 12 HORAS DE PRISIÓN. DE REDENCIÓN EFECTIVA, ello de conformidad con los artículos 479, 507 y 508 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 2, 3, 5, 6 y 14 de la Ley de Redención Judicial por el Trabajo y el Estudio. SEGUNDO: Declara ACTUALIZADO, el cómputo de la pena impuesta al sentenciado es decir tiene detenido UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES,.....