Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: CON LUGAR la solicitud Fiscal, y en consecuencia se le impone al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, la medida de detención preventiva de libertad, prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por estar presuntamente incurso en los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, tipificado en el artículo 5 concatenado con el artículo 6 de la Ley Contra el Hurto y Robo de vehículos Automotores y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, tipificado en el artículo 174 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JUAN DAAL,(demás datos a reservas del Ministerio Público), estableciéndose como sitio de re.....