Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR, la petición de la representación fiscal y se le impone al adolescente imputado, IDENTIDAD OMITIDA
, antes identificado, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, tipificado en el artículo 470 del Código Penal Vigente, en perjuicio del Liceo Bolivariano José Leonardo Chirinos, la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 582 literal "C" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que deberá presentarse cada treinta (30) días, por ante la sede del Circuito Judicial Penal Extensión Tucacas, a quien se ordena oficiar participándole la medida, a los fines de la apertura del registro correspondien.....