Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Circuito Judicial Penal de Punto Fijo basado en la sana critica con observancia de las reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicos, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano EMMANUEL JOSE JIMENEZ PEREZ; edad, 20, soltero, De cedula de identidad N° 18.700.688, domiciliado Sector Universitario, calle Padilla, casa Sin Numero. a Cumplir la Pena de 11 Años, por la comisión del delito de COAUTORÍA EN ROBO AGRAVADO, Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 458, en relación con los artículos 83 y 277 todos del Código Penal. Y a el ciudadano FELIX DE LA TRINIDAD CASTILLO RAMIREZ; edad, 23, soltero, De cedula de identidad N° 20.066.854, domiciliado en la calle miranda casa Numero 1, Barrio Bolívar a Cumplir la Pena de 09 Años por el delito .....