Verificados en autos los requisitos de procedibilidad de la querella interpuesta, este Tribunal la admite con forme a la precitada norma adjetiva; y por consiguiente, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE LA PRESENTE QUERELLA, interpuesta por el ciudadano HENDI NASSER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.706.941, domiciliado en esta ciudad de Punto Fijo del Estado Falcón, asistido por el abogado JESUS ALBERTO DICURÚ, en contra de Los funcionarios Distinguido JOSE LUIS PERDOMO, Cabo Segundo GIOVANNI RAFAEL CORDERO, Sargento Segundo ALEXIS QUINTERO GOMEZ y el Cabo Segundo DIONEL GONZALEZ SALAZAR, todos adscritos al Destacamento 44, con sede en Judibana, de la Guardia Nacional, por el delito de CONCUSION, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Contra la Corrupción.; en consec.....