este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos JONNY JOSE LUGO RUIZ Y ERIKA CAROLINA GOITIA ESTREDO, titulares de las cédulas de identidad Nº V-10.965.211 y V-16.196.967, respectivamente, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Norte, Municipio Carirubana del Estado Falcón, en fecha 03 de Enero de 2.000, asentado bajo el acta Nº 01, folio 1 del libro de de matrimonios llevado en ese Registro.