DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado EUCLIDES JONAR AMAYA RUIZ, titular de las Cédula de Identidad Nº 18.156.408, de 24 años de edad, nacido en fecha 22-01-84, de profesión Pescador, hijo de Eglee Ruiz y Euclides Amaya, domiciliado en la calle 7, del Barrio Ezequiel Zamora, casa s/n, a una cuadra del abasto El Portugués, Punto Fijo, estado Falcón, consistente en UN (1) AÑO, de trabajo y estudio realizados en el Centro Penitenciario de Occidente, Santa Ana Estado Táchira, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo, en concordancia con lo previsto en los.....