V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Sin Lugar la presente demanda de QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, presentada por la abogada EDILIA JOSEFINA QUEIPO DE RIVERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 154.405, actuando en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil PEAN C.A, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO FALCÓN y PDVSA GAS S.A..
Publíquese, regístrese, notifíquese a las partes y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, a los días del mes de de. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ SUPERIOR SUPLENTE, .....