Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se reanuda el presente proceso en virtud de la ADMISION DE LOS HECHOS efectuados por el acusado de autos en la celebración de la Audiencia Preliminar. SEGUNDO: Se revoca la suspensión condicional del proceso, otorgada por el tribunal; ya que el ciudadano se le había otorgado el beneficio de suspensión condicional del proceso; ampliándose el cumplimiento de las condiciones por una sola vez, de conformidad con lo previsto en el artículo 47 numeral 1 y 2 del C.O.P.P. TERCERO: se condena al acusado de autos FRANK EDUARDO LUGO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-20.212.701, en base al procedimiento de ADMISION DE LOS HE.....