DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la precalificación solicitada por la representación del Ministerio Publico los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Se impone al ciudadano: EXUPERIO RAMÓN ROMERO BERMUDEZ, venezolano, nacido en fecha 02/02/1955, de 60 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.291.718, Profesión u oficio: Albañil, hijo de Armanda de Romero y Rómulo Romero Flores y domiciliado en la calle Bogotá, entre calle Libertad y Monzón, del barrio la Florida, Santa Ana de Coro, del Estado Falcón, teléfono 0268-521079, solicita imposición de las Medidas Cautelares previstas en los artículos 95 numeral 7 de la Ley especial, con.....