totalmente la acusación fiscal interpuesta contra el ciudadano JHONNY ANDRES GUADALUPE CHIRINOS GONZALEZ, Venezolano, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.518.801, fecha de nacimiento 05/01/86, residenciado en la Calle González con Iturbe y Talavera, cerca de la antigua Policía, de La Vela de Coro, Municipio Colina del Estado Falcón. Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Fiscalía, así como las pruebas presentadas por la defensa. SEGUNDO: El Tribunal le impone al acusado sobre las medidas alternativas a la prosecución del proceso relacionada con la Admisión de los hechos por cuanto es la que le procede, no procediendo la suspensión condicional del proceso, siendo que el acusado ciudadano JHONNY ANDRES GUADALUPE CHIRINOS GONZALEZ, manifestó en forma voluntaria, sin apremio y coacción que NO admite los hechos. TERCERO: Se ordena la apertura a juicio oral y público, de conformidad con lo previsto en el artículo 314 del texto adjetivo penal. CUARTO: Se .....