Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra seguido RENE JOSÉ ACOSTA CORDOVA, por la presunta comisión del delito de AMENAZA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 41 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia y 218 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana ANNI BRIGITH ORTIZ ORTIZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y a la Víctima. Cúmplase.