Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos JHONY JOSÉ DÁVILA LEONES y ANGEL DAVID CÓRDOBA DAVILA y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano ANGEL JOSÉ GÓMEZ ORDOÑEZ, venezolano, mayor de edad, de 37 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-12.790.216, domiciliado en Calle La Milicia, Sector Lesme Pérez, Parroquia Pueblo Nuevo, Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Có.....