Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de las ciudadanas MARTHA AIDA MOLINA AVILA y MILAGROS DEL VALLE MAVAREZ NAVAS y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de las ciudadanas ROSAURA DE JESÚS TORRES RODRÍGUEZ, ROSEMARY DE JESÚS TORRES RODRÍGUEZ y ROSANGELICA DE JESÚS TORRES RODRIGUEZ, venezolanas, mayores de edad, solteras, de 22, 20 y 19 años de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-19.647.565, V-21.155.063 y V-23.525.603, respectivamente, de profesión u oficio la primera Abogada, la segunda y la tercera Estudiantes, domiciliadas en la Avenida El Amparo, Sector La Providencia Es.....