Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, y DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD Al CIUDADANO: FRANCISCO JAVIER DIAZ VILLABONA, titular de la cédula de identidad Nro V-21.112.574, de 20 años de edad, soltero, de profesión u oficio Indefinido, residenciado en el parcelamiento Cruz verde, Callejón Benedicto García, casa sin número, de la ciudad de Coro Estado Falcón, por el delito de: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y artículo 80 ejusdem, en perjuicio del ciudadano: ALVIS GARCIA NAVARRO