Por los fundamentos y consideraciones anteriormente explanadas, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: CONDENA al ciudadano : FRANK ANTONIO CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.310.661, soltero, de profesión indefinida, natural y domiciliado en la Urbanización los Medanos sector E, casa N° 01-01 de esta ciudad de Coro, del Estado Falcón a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES de Prisión, por la comisión del delito de ACTO LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en el Artículo 376 del Código Penal Venezolano en concordancia con el articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente., en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, la cual terminará de cumplir conforme a las precisiones que estime proced.....