En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Cuarto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano EDDIS JOHAN SILVA MEDINA, titular de la Cédula de Identidad 23.875.392, nacido en fecha 02/08/1991, estado civil: concubinato, 20 años, trabaja en soldado del ejercito, adscrito a la 13º Brigada de Paragoaipoa estado Zulia, domiciliado en la calle Sector el llanito, calle principal casa S/N, parroquia San Félix, Municipio Mauroa, estado Falcón, por no estar acreditado en autos la comisión de un hecho punible a tenor del artículo 250 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.-