Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Privada de nulidad de los folios 1, 2, 11, 12 18, 19, 31, 32, 38, 39, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, que rielan insertos en el presente asunto penal, y SIN LUGAR la solicitud de nulidad del procedimiento consignado por la Fiscalía 4° del Ministerio Público. Se declara CON LUGAR la nulidad de los folios 57 y 58, 61, 62 Y 63 del presente asunto penal, con respecto al CD que fue consignado en su oportunidad por la víctima. SEGUNDO: CON LUGAR la Solicitud Fiscal y en consecuencia SE RATIFICA LA APREHENSIÓN JUDICIAL Y SE IMPONE LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL DE LIBERTAD, librada por este Tribunal Cuarto de Control de esta sede Judicial el día 06 de Febrero de 2015, de conformidad a los artículos 2.....