En consecuencia de todo lo anterior. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley. SE DE CLARA CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano FRANDI JOSE SALON, venezolano, mayor de edad, de profesión indefinida, titular de la cedula de identidad V-16.348.131, de 24 años de edad, domiciliado en el Parcelamiento La Victoria calle 02 casa Nº 28 de este Estado Falcón . Por la presunta comisión del delito HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Vigente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 en su literal 3, del Código Orgánico Procesal Penal; consistentes en la presentación cada treinta (30) día ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, asimismo se compromete el imputado ano ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal y dando como domicilio en el Parcelamiento la Victoria Callejón 2 casa Nº 28 detrás del Ambulatorio San José , de conformi.....