Este Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICO: DE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, Por Prescripción de la Acción Penal, al ciudadano EDGARDO JOSE MORILLO ALCALA, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 21.114.845 , fecha de nacimiento 07- 08- 94 de 18 años de edad, ocupaciones Estudiante , Dirección Callejón Caribe, Municipio Zamora, Cumarebo, punto de referencia, Frente al Mercal, casa S/N de color amarilla, Teléfono: 0412-691-3359, todo de conformidad a lo establecido en el articulo 361 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el cese de todas las medidas impuestas. Cúmplase. Publíquese, Regístrese y Notifíquense a las Partes de la presente decisión.