este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE, PRIMERO: en virtud de que se encuentra acreditado que el ciudadano LUIS ENRIQUE GARCIA LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-13.417.783, se encuentra requerido por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, según expediente Nro. 57-02 por el delito de Robo agravado , ratificado según Memo 16261 de fecha 18-09-06, ratificado en fecha 08-08-07 y en fecha 16-06-09 según oficio Nro. 160909; y siendo el hecho ejecutado corresponde a la competencia Territorial del Estado Zulia, es por lo que este Juzgado Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer del presente asunto por razo.....