este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA medida de protección a favor de Judith Coromoto García, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.803.297, domiciliada en el barrio Cruz Verde entre calle Porvenir y callejón Porvenir, quebrada Nieve Morales, casa N° 15, de color morado cerca de la cancha de básquet del callejón Porvenir, de esta ciudad de Coro estado Falcón, de conformidad con el artículo 21 ordinal 1º de la Ley de Protección a la Víctima, Testigos y Demás Sujetos Procesales, la cual consistirá en el patrullaje y/o recorrido permanente en el lugar de residencia de la víctima y su núcleo familiar principal.