este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta: CON LUGAR la solicitud Fiscal. En consecuencia decreta contra el Ciudadano JOSE GREGORIO YARAURE, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-21.545.530, la medida prevista en el articulo 87 y 92 de la Ley Especial de violencia contra la mujer, contentiva en la prohibición de agredir a la victima tanto física como psicológica y verbalmente así como el hecho de proferirle amenaza, así mismo se establece la prohibición de cambiar de domicilio siendo este en la calle el Carmen, casa sin numero casa rosada, parroquia el paují, a 500 metros del liceo el Paují, Municipio Federación estado Falcón. Se decreta el procedimiento especial establecido en el Art.94 de la Ley especial de Violencia contra la mujer. Se hace del conocimiento del imputado que el incumplimiento de dichas medidas implica su revoc.....