Este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: REVISA la medida de privación judicial preventiva de libertad, inicialmente decretada contra el imputado ANDRES JOSE HURTADO REYES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.238.809, de 36 años de edad, nacido en fecha 14-01-1979, de ocupación albañil, nacido en Coro estado Falcón, domiciliado en Calle duvisi con calle Elías David curiel, casa N° 02, detrás de Edghar Graphics, de la ciudad de Coro, Estado Falcón, en consecuencia SE SUSTITUYE por la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de libertad prevista en el ordinal 3° del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Presentación cada 30 días por ante el Tribunal y la prohibición de acercarse a la victima, de la prevista en el artículo 242.3.9 .....