Por las razones antes expuestas, este tribunal Segundo de Juicio, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el articulo 250 infine del Código Orgánico Procesal Penal, librar orden de aprehensión en contra del ciudadano JUAN DIEGO RODRIGUEZ MARTINEZ a los fines de que sean presentados a este Tribunal, una vez aprehendido, para ser oído respecto de las circunstancias que motivaron su incomparecencia de conformidad a lo previsto en el artículo 130 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese, libérese la correspondiente orden de aprehensión, libérese oficio al Ministerio Público a los fines de dar cumplimiento a la orden de aprehensión. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDO DE JUICIO
LA SECRETARIA
Dra. Evelyn Pérez Lemoine
Abog. Maysbel Martínez