, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CONVERSIÓN del resto de la pena que le falta por cumplir, al penado: OCTAVIO VICENTE BARRETO ACURERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: V- 12.139.184, actualmente recluido en el referido internado Judicial de ésta ciudad, quién residirá en la siguiente dirección: "calle Acosta, Sector Puntita Arriba, Casa N° 26-A, de la Parroquia Punta Cardon, Municipio Carirubana del Estado Falcón; en CONFINAMIENTO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de haber cumplido dicho penado, las ¾ partes de la pena impuesta; terminando de cumplir la sujeción a la vigilancia de la autoridad por 1/3 parte del tiempo de la condena desde que ést.....