Por todo lo antes expuesto, este Tribunal segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: La Privación Judicial Preventiva de libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 250, 251, 252 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos: LUIS ANTONIO GIOTÍA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-09.586.220, residenciado en la Urbanización Santa Irene, Calle Las Piñas, N° 3, Punto Fijo Estado Falcón, y/o Guanadito Calle Principal Con Calle María de los Ángeles, Casa s/n. LARRY JESÚS GOITÍA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 10.971.213, residenciado en la Urbanización Antiguo Aeropuerto, Sector 7, Casa S/N, Punto Fijo Estado falcón. VICTOR GOITÍA (alias el Pitufo) venezolano, sin documentación personal aportada, residenciado en el Sector Antig.....