Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida Cautelar sustitutiva de libertad prevista en el articulo 256 numeral 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano: NICOMEDE ANTONIO LOAIZA GARCIA venezolano, nacido en fecha: 07-01-1983, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.592.010, de Estado Civil: soltero, Grado de Instrucción: bachiller, domiciliado Antiguo Aeropuerto sector 3, calle 8, vereda 25, casa Nº 12 a dos casas de la Iglesia, teléfono: 04146954063, de Profesión u Oficio: operador de planta, hijo de Otilia Cambar y de José Gonzáles, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ÌLICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, contentiva en.....