Por consiguiente este Órgano Jurisdiccional en funciones de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta al Ciudadano CECILIO RAFAEL AMAYA MARIN, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 05-02-96 de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.177.977, estado civil soltero, de ocupación u oficio pescador, natural del Punto Fijo estado Falcón Domiciliado en Villa Marina, sector Virgen del Valle, calle Virgen del Valle, casa N° 18, diagonal al estadium, Municipio Los Taques del estado Falcón, teléfono: No posee, La Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación De La Libertad, la establecida en el ordinal 3° del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Presentación periódica por ante éste Tribunal cada quince (15) días, por la presunta comisión de los Delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICE NO NECESARIO, previsto.....