Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: MERCEDES LISBETH SIVIRA y JOSE RAMON GUTIERREZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.801.004 y V-13.723.986, respectivamente; domiciliados en la Ciudad de Santa Ana de Coro; y residenciados: la primera, en la Urbanización Velita II, Avenida Principal, Vereda 12, Casa N° 33, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón; y el segundo, en la Urbanización Cruz Verde, entre Calle 2 y calle 7, Casa Nº 23, detrás de la Escuela primaria Antonio Ricaurte, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO.....