Este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve lo siguiente:
Primero: Se admite Totalmente la Acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público y se ordena el enjuiciamiento del ciudadano Deyvis Dex Marrufo Lugo, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-. 14.734.783, de estado civil soltero, de 28 años de edad, de oficio Estudiante y domiciliado en Urb. Velita II, Vereda 22, Calle 21, Casa 06, Coro, Estado Falcón, por la comisión de los delitos de: Robo Agravado y lesiones Personales Leves, previstos y sancionados en los artículos 458 y 416, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Nelson Pastor Figueroa, por cuanto este Juzgador considera que se encuentran llenos los requisitos de procedibilidad establecidos en el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.