DISPOSITIVA
Por los fundamentos arriba establecidos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVISA, de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, la medida cautelar sustitutiva impuesta por este Tribunal en fecha 12 de Julio de 2012, a los imputados ANDRES ROBERTO MELENDEZ, ANTONI GONZALO MOLINA ALVARENGA Y GREGORY NEHOMAR LUQUEZ, arriba identificados, contemplada en el artículo 256, ordinal 8°, ejúsdem, eximiéndosele de la presentación de fiadores e imponiéndole en su lugar la prestación de caución juratoria de conformidad con lo previsto en el artículo 259 ibídem. Los mismos deberán cumplir con las presentaciones la primera en presentaciones periódicas cada ocho (08) días, ante la sede de este despacho. Igualmente deberán comparecer lo.....