En razón de los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal de Juicio en materia de Delitos de Violencia contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de santa Ana de Coro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano ÁNGEL JOSÉ MEDINA GARCÍA, venezolano, cédula de identidad número V-26.110.014, edad 28 años, nacido el día 25/05/87, cuarto grado como grado de instrucción de profesión u oficio obrero, residenciado barrio Zumurucuare, calle San Martín, casa S/N Teléfono: 0426-765-5608, Hijo de Ángel Rafael Medina y Carmen Damasia Chirino, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: CONDENA al ciudadano ÁNGEL JOSÉ MEDINA GARCÍA, suficientemente.....