En consideración de los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley: Declara ejecutada la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial, a los ciudadanos EDUARDO ANTONIO GUANIPA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-14.796.702, CORONEL GARCIA OVANNY ALEJANDRA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.047.969, y DILVAN HUMBERTO MADRID, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.-18.890.701, quienes fueron condenados a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previstos y .....