Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos GRAVIER JOSÉ LUGO y JOSÉ HIDALGO y las normas ut supra transcritas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana GLADYS JOSEFINA HERMAN HERMAN, venezolana, mayor de edad, soltera, de 74 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.828.452, de profesión u oficio comerciante, domiciliada en la Calle Falcón, esquina Callejón 5 de Julio, casa N° 01 del Sector La Milagrosa, Parroquia Pueblo Nuevo del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en los Artíc.....