Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación fiscal interpuesta contra el ciudadano FIDENCIO RAMON SAAVEDRA GUTIERREZ, así como, las pruebas testimoniales y documentales ofrecidas por el Ministerio Público, y las testimoniales ofrecidas por la defensa, en virtud de ser útiles, legales, pertinentes y necesarias para el descubrimiento de la verdad y por estar referidos de manera directa a los hechos imputados que serán objeto del debate oral y público, además por su legalidad y licitud, incorporadas al proceso por las partes, de conformidad con los artículos 326, 330 numeral 2° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal. No se admite la documental ofrecida por la defensa. SEGUNDO: Se admiten la calificación jurídica provisional imputada por el Ministerio Público, por el de.....