este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: UNICO: Sobre la base de la normativa legal citada, se observa que el ciudadano REINALDO JOSE LOPEZ FRANCO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 25.544.062, por la presunta comisión del delito de: PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, Previsto en el artículo 277 del Código Penal, por el procedimiento especial de delitos menos graves, le acordó la suspensión condicional del proceso, y estableció como condición: 1.- Limpiar y mantener aseada las áreas Verdes del Ambulatorio de la Vega del Tuy, Caserío Casco Viejo con la supervisión del consejo comunal Pueblo Nuevo ubicado en el caserío pueblo Nuevo durante un Período de Tres Meses, debiendo el imputado consignar al término previsto para el régimen de prueba las constanc.....