este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud fiscal y decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en el Régimen de Presentación cada treinta (30) días, por ante la oficina de Alguacilazgo, al ciudadano: ALEXANDER JOSÉ SUÁREZ MÉNDEZ, venezolano, de 22 años de edad, soltero, de profesión u oficio Indefinido, titular de la cédula de identidad Nº indocumentado, natural y residenciado en ésta Ciudad de Coro, del Estado Falcón. Se decreta el procedimiento Ordinario. Todo de Conformidad con los Artículos 250, 253 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.- Notifíquese a las partes de la presente Publicación. Remítase la causa a Fiscalia en la Oportunidad Legal.