Por las motivaciones que preceden, este Juzgado Segundo de Ejecución y Medidas del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA PENA a la Ciudadana MARIA DEL CARMEN AULAR FONTALVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° 10.701.894, de oficios del hogar, domiciliada en el Barrio Nuevo, 2da calle, casa sin número, La Vela de Coro del Estado Falcón, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS , previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 105 del Código penal venezolano. Notifíquese a las partes. Notifíquese a la penada a los fines de la imposición del presente.....