Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, ADMITE LA ACUSACION PENAL, presentada por el Abogado CRUZ ALEJANDRO GRATEROL ROQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.491.089, abogado en ejercicio, inscrito en el Impreabogado bajo el Nro. 49.563, con domicilio procesal en el centro comercial ferial, P/B, oficina Nº 4 Coro Estado Falcón; actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana EUCARINA LUGO CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 123.180.208, con domicilio en la Avenida Buchivacoa, casa Nº 1, entre Avenida Pinto Salinas y Rafael Gallardo; Municipio Miranda del Estado Falcón; por la presunta comisión del delito de de DIFAMACIÓN AGRAVADA, Continuada, previsto y sancionado en el Título IX Capitulo VII, Articulo 442 del Código Penal vigente, concatenada con el Articulo 99 ejusdem. E.....