Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara; CON LUGAR, la solicitud de divorcio 185, y de la sentencia de fecha 09/12/2016, Nº 1070, presentada por el (la) ciudadano (a): DIEGO NEPTALI LEAL MARTÍNEZ, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.503.750, domiciliado en Coro, en la Urbanización Monseñor Iturriza, II Etapa, Avenida 2, casa 38, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda estado Falcón; contra la ciudadana JUDITH DEL VALLE OLIVETY JIMÉNEZ, venezola.....