Por los fundamentos y motivaciones anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR las solicitudes interpuestas por la Abogada CARMARIS ROMERO SURT, en su condición de Defensora Pública Primera Penal de este estado actuando en representación del ciudadano LEONARDO LUIS GUERRERO NAVAS, titular de la cédula de identidad N° 10900000 de decretar el Archivo de las Actuaciones que conforman el presente asunto, por cuanto en fecha 28 de febrero de 2005 se decretó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del referido ciudadano por la presunta comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO, previsto y sancionado en la Ley sobre el Hurto o Robo de Vehículos en perjuicio del ciudadano RENDY JOSE NIEVES, en el asunto penal N° IJ01-P-2001-000039.-